En Nicaragua, el movimiento de mujeres y feminista ha sido uno de lo más fuertes de la región, logrando multiples avances por el reconocimiento social e institucional de los derechos de las mujeres. Sin embargo, actualmente se encuentra severamente desarticulado tras la implementación de políticas de persecución y criminalización a la defensa de derechos humanos.

En los últimos cuatro años, la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo: ha cancelado la personería jurídica (hasta octubre de 2022) de 176 organizaciones de mujeres y mantiene apresadas a 21 mujeres políticamente activas y líderesas, incluyendo a la histórica guerrillera de origen sandinista, Dora María Téllez.

Además ha aprobado Leyes que restringen derechos y libertades, como la Ley de Ciberdelitos, la Ley de Soberanía y la Ley de Agentes Extranjeros. Aunque se evidencia un agravamiento de la situación, se reconoce que este patrón de cierre de espacios y limitaciones al trabajo del movimiento de mujeres se venía implementando desde su llegada al poder en 2007: con la desarticulación de las mesas de trabajo interinstitucionales y las reformas inconstitucionales a la Ley 779 en 2013, que impiden el acompañamiento a mujeres sobrevivientes de violencia.

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“A las muchas adversidades propias de un contexto adverso para el movimiento de mujeres desde el ascenso del poder de Ortega en 2006, se sumó el estallido social del 2018 en el que la violencia y represión proveniente de la dictadura alcanzó niveles inéditos” expresó una líder feminista que pidió no citar su nombre y a quien nos referiremos como Sacuanjoche.

Leyes para la represión

En su afán por hacer desaparecer a los movimientos sociales que le adversaron y se unieron a la lucha popular de abril 2018 contra la dictadura sandinista, se aprobó un paquete de leyes que han afectado directamente el trabajo de las mujeres organizadas: Ley No. 977, Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (aprobada en el mes de julio de 2018) ; Ley No. 1040 de Regulación de Agentes Extranjeros y la Ley No. 1042 de Ciberdelitos (ambas aprobadas en octubre de 2020); y la Ley 1055, de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, Soberania y autodeterminación para la Paz (aprobada en diciembre 2020).

Aunque la Ley No. 977 se plantea como un instrumento para “proteger la economía nacional y la integridad del sistema financieros”; la misión del GIEI-Nicaragua señaló que esta “ley fue dictada en plena etapa de violencia y convertida en un instrumento que facilita la criminalización de opositores”. Por su parte, la CIDH, hizo un llamado al Poder Judicial a que ejerciera el mayor escrutinio a las acusaciones formuladas por terrorismo, sobre todo porque uno de los elementos del tipo penal, el relativo a la “alteración del orden constitucional”, resultaba sumamente subjetivo y no forma parte de la práctica internacional para el combate del terrorismo, según su informe de 2021.

La Ley de Agentes Extranjeros obliga a las personas físicas o jurídicas que reciben fondos directa o indirectamente de gobiernos, agencias, fundaciones, sociedades o asociaciones extranjeras a registrarse ante el Ministerio Público, presentar planificaciones, informes y rendiciones mensuales; y al asumir la identidad de Agente Extranjero, están imposibilitados de intervenir en cuestiones de política interna y de «ser funcionarios, empleados públicos o candidatos a cargos públicos». Ante el incumplimiento de la Ley, se plantean multas, cancelación de la personalidad jurídica, responsabilidades penales por la comisión de delitos contra la seguridad del Estado, e incluso la intervención de muebles e inmuebles y la prohibición de actividades.

Según el informe anual de la CIDH sobre Nicaragua:  “previo a su aprobación, la Comisión advirtió que el proyecto de ley afectaría gravemente el trabajo de las organizaciones nicaragüenses que recibían financiamiento o apoyo extranjero para la consecución de sus causas como la promoción y desarrollo social o la defensa de los derechos humanos y llamó al Estado a impedir su aprobación”. Tras su aprobación, el informe afirma que han solicitado reiteradamente al Estado nicaragüense su derogación: ya que la Ley “pretendía silenciar a las personas y organizaciones identificadas como opositoras y evitar así cualquier ejercicio de libertades públicas, como la de expresión, asociación, la de participar en la dirección de los asuntos públicos, derecho de protesta y derecho a defender derechos”.

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Aprobada casi al mismo tiempo, la Ley No. 1042 sobre Ciberdelitos en su texto afirma buscar la protección de la integridad de ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses que utilicen las tecnologías de la información. Pero con la definición de delitos como el de Noticias Falsas, abre la posibilidad de procesos contra mujeres y defensoras que denuncian abusos y otras violencias a través de redes sociales; limitando su derecho a la libertad de expresión.

La organización internacional Derechos Digitales se pronunció contra la aprobación de la Ley explicando: “El interés por promover legislaciones en materia de ciberdelitos en Nicaragua presenta un reto importante para el futuro de la participación democrática y el ejercicio de derechos en el país, ante un aparato Estatal que activamente ha buscado amedrentar a grupos y personas que integran los movimientos sociales, las organizaciones de derechos humanos y medios de comunicación independientes”.

Mujeres y defensoras en la mira

La Iniciativa Mesoaméricana de Defensoras en su informe Perseguidas por defender y resistir (2022) enuncia que al analizar este proceso de persecución y criminalización: “las defensoras coinciden en definir este fenómeno como un proceso complejo del que forman parte diversos tipos de acciones, dentro de las cuales tiene un papel protagónico la estigmatización, mediante la cual las defensoras ven afectada su imagen pública, encuentran desprestigiadas sus luchas y enfrentan una narrativa que construye una imagen de ellas como enemigas del Estado”.

El informe continúa explicando que las leyes imponen controles estrictos y arbitarios que no permiten la continuidad del trabajo de las defensoras. “Esto es grave pues se suman a los obstáculos que debemos sortear en un contexto de represión brutal. La aprobación de leyes que criminalizan el trabajo de la sociedad civil vulnera el acceso de recursos para el acompañamiento y atención de las mujeres” explica Sacuanjoche.

Bajo estas leyes, las defensoras, feministas y mujeres organizadas han sido objeto de multiples violencias institucionales: amenazadas por participar en reuniones o manifestaciones; siendo sujetas de políticas de restricción migratorio o expulsión del país. “Se ha identificado que hasta agosto de 2022 al menos 135 personas habían sufrido algún tipo de represión migratoria. De estas, 82 son mujeres (casi el 61%)104 y la IM-Defensoras ha podido registrar que 72% de estas y 42,7% del total son defensoras, activistas o familiares de defensoras o activistas” cita textualmente el mismo informe.

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Estos datos coinciden con los resultados de la investigación “Quebrar el cuerpo, quebrar el alma” del Centro de Estudios Transdisciplinarios de Centroamerica presentada también en octubre 2022; donde se evidencia una directa conexión entre el rol que jugaron las mujeres nicaragüenses durante el levantamiento cívico de 2018.  “En general, las mujeres activistas no cuentan con mecanismos de protección frente a la violencia política porque el Estado es el principal perpetrador de la misma y no hay voluntad para que funcionen esos mecanismos de protección. La violencia de género se ha combinado con violencia política y eso ha significado pasar un nivel de profundidad” concluye.

A pesar de estas realidades de represión, criminalización y misoginia institucionalizada: mujeres de todas las edades, procedencias, con diferentes habilidades y capacidades, continuan trabajando por la defensa de los derechos humanos en Nicaragua; enfrentando día a día estos obstaculos y apostando por la reconstrucción social del país.

Periodistas feministas nicas

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