El régimen Ortega-Murillo ha desterrado a 16 defensoras desde el 2018, según el registro de agresiones de la Iniciativa Mesoamericana de Defensoras de Derechos Humanos (IM-Defensoras). Pero el número de activistas desterradas del país puede ser mayor, advierten.

“Se trata de un tipo de agresión que se ha intensificado durante los últimos meses y que implica una vulneración absoluta de los derechos fundamentales de las defensoras afectadas, así como graves y profundas afectaciones sobre sus vidas y las de sus familias”, señalan.

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El destierro consiste en que un Estado expulse a una persona del país y/o le imposibilite la entrada al mismo por motivos políticos. A pesar que esto está prohibido en la Constitución nicaragüense, es un arma represiva que el régimen Ortega-Murillo ha intensificado durante este año.

De acuerdo con las IM-Defensoras, el 66% de los casos de destierros de defensoras ocurrieron entre junio y octubre de 2022.

Además, todos se caracterizaron por la falta absoluta de información, y de documentación escrita, que soportaran “la decisión arbitraria e ilegal del Estado”, indican a La Lupa.

Según el registro, algunas defensoras fueron expulsadas del país; otras salieron del país por motivos personales, pero al volver les negaron la entrada; y otras fueron despojadas de sus pasaportes, imposibilitando su regreso.

Estas agresiones se documentaron tanto por frontera aérea como terrestre. Pero en los casos aéreos, las aerolíneas informaron a las defensoras que el Estado les prohibía su entrada al país, y les impedían abordar el avión sin darles mayor información.

Las defensoras nicaragüenses ha sido una de las mayores víctimas de violencia política desde el inicio de la crisis social en 2018.

Según su último boletín informativo, además del destierro, las defensoras sufren hostigamientos, actos de vigilancia y acecho en la vida cotidiana, amenazas, persecución judicial y limitaciones a acceso a la información.

La mayoría de los agresores son autoridades gubernamentales, policías y personas cercanas al Estado.

Destierro, “arma de silenciamiento” del régimen

Las IM-Defensoras manifestaron que el destierro es una agresión “ejemplarizante”, cuyo objetivo es “alimentar el régimen de terror que viven las defensoras nicaragüenses”.

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“Las defensoras han manifestado tener miedo a ser desterradas cada vez que salen de Nicaragua, así como una sensación de incertidumbre constante y el temor a que en cualquier momento pueden ser expulsadas del país, lo que genera desmovilización, inhibición y silenciamiento”, manifiestan.

Los últimos casos que se han hecho público han sido los de la feminista y directora de La Corriente Somos Todas, María Teresa Blandón; y la defensora miskita de los derechos de los pueblos indígenas, Anexa Alfred Cunningham.

Blandón viajó a Chile el pasado 24 de junio para una reunión de trabajo, pero al momento de su regreso el 1 de julio, la aerolínea Avianca le informó que tenía prohibida la entrada al país por órdenes del Gobierno.

La activista indicó a medios de comunicación que no tenía intenciones de exiliarse, pese a que la represión gubernamental contra ella y contra su organización se había incrementado en los últimos meses. Y que precisamente por eso ella lo reconoce como un destierro y no un exilio.

Mientras que a Alfred Cunningham también le negaron la entrada al país el pasado julio, cuando regresaba de una sesión del Grupo de Personas Expertas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, del cual forma parte.

Alfred Cunningham es una defensora que tiene una amplia trayectoria en la defensa de los pueblos indígenas y afrodescendientes, tanto a nivel nacional como regional e internacional.

A la defensora se le impidió abordar su vuelo, y no pudo regresar a Nicaragua, donde su familia la esperaba, incluyendo a sus hijos menores de edad que estaban bajo el cuidado de ella.

Los otros casos se han mantenido en el anonimato por protección de las activistas.

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Esta estrategia de represión también ha sido utilizada contra activistas políticos, académicos, sacerdotes, periodistas, entre otros.

Sin embargo, esto está prohibido en la Constitución nicaragüense. El artículo 31 indica explícitamente que «los nicaragüenses tienen derecho a circular y fijar su residencia en cualquier parte del territorio nacional; a entrar y salir libremente del país». 

Mientras que la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a la cual el Estado de Nicaragua está suscrito, señala en su artículo 22 que «nadie puede ser expulsado del territorio del Estado del cual es nacional, ni ser privado del derecho a ingresar en el mismo”.

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