El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo anunció la liberación de 800 reos comunes de diferentes centros penitenciarios del país, bajo el beneficio del “perdón presidencial de convivencia familiar” un término inexistente en la legislación nicaragüense que se viene utilizando desde hace varios años.

En agosto de 2020, la ministra de Gobernación, María Amelia Coronel, manifestó que en los últimos meses, se había otorgado beneficios legales a 22, 567 presas y presos comunes. La idea, según el régimen, es promover la unidad familiar como acción que responde a una solicitud del Papa Francisco, máximo jerarca de la Iglesia Católica en el mundo.

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La medida se ha convertido en una acción populista, en la que mienten a la opinión pública y el procedimiento de las liberaciones se hace bajo un total secretismo.

Figura de “perdón presidencial”

El “perdón presidencial” que utiliza el régimen para conceder el beneficio es resultado de una medida populista, afirma una abogada penalista del país.

“Eso de ser un perdón presidencial es más que todo dirigido como a una campaña electoral”, manifestó la abogada que prefirió el anónimato ante la represión que se vive en el país.

“Gracias a nuestro gobierno”, responden ante medios oficialistas los beneficiados, como si su salida obedece a la benevolencia del “comandante Daniel Ortega y la compañera Rosario Murillo”.

La Ley del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena, en el artículo 60, sí establece la convivencia familiar, y se otorga previo a  un periodo a la libertad definitiva.

El indulto, que usualmente lo otorga la Asamblea Nacional, pero que desde hace mucho tiempo no se utiliza, es otra figura establecida en el país.

Por otro lado, también se crean amnistías, como la de 2019, para beneficiar a presos y presas y está dirigida para atender casos en situaciones sociopolíticas.

La gran mayoría de presos políticos permanece en la cárcel «La Modelo». Foto / La Lupa / O. Navarrete

Falta de transparencia

El Secretario Ejecutivo Adjunto de la Comisión Permanente de Derechos Humanos, Denis Darce, explicó que en el contexto de estas liberaciones es importante que el régimen aplique los procedimientos establecidos en las leyes.

Previo a la salida de los beneficiados, según Darce, se debió hacer una “evaluación previa” para otorgar la convivencia familiar a los presos y presas.

“Que sea otorgada con la autorización del juez ejecutor de sentencia, esperamos que en todos estos 800 casos el Sistema Penitenciario haya hecho una evaluación objetiva de cada una de las situaciones particulares de las personas”, afirmó Darce.

Todo tipo de reos

El último párrafo  del artículo 60 de la Ley del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena, señala que bajo el régimen de convivencia familiar se podrá ubicar a los “ciudadanos que en general carezcan de antecedentes penales”.

Por otro lado, sugiere que gozaran de ese derecho “siempre y cuando los delitos por los cuales hayan sido procesados y condenados no sean aquellos que por su naturaleza no aceptan fianza”.

Las organizaciones que defienden los derechos de las mujeres en el país, han denunciado que entre los excarcelados anteriormente han incluido a violadores y femicidas.

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“La ley establece que no se puede otorgar convivencia familiar a aquellos delitos que son graves, hablamos de asesinatos, violaciones, femicidios, parricidios, que son delitos que por su gravedad no permite otorgar este tipo de beneficio, sino aplicar otro tipo de procedimiento”, argumentó Arce.

Fiscalía no se pronuncia  

El discurso de funcionarios orteguistas coincide que presiden estos actos, coinciden en que las libertades otorgadas son parte de la política de estado en pro de la reunificación de las familias que promueve el buen gobierno sandinista.

Previo a las liberaciones, la Fiscalía que usualmente representa a la víctima, debería pronunciarse en una audiencia, pero tristemente “se deben de quedar callados”, señaló la abogada penalista.

“Ni siquiera deben de poner en conocimiento a la víctima (…) Ellos están haciendo todo de forma inadecuada, ellos tendrían que hacer por medio de una audiencia ante un juez de ejecución y vigilancia penitenciaria para efectos de escuchar a las partes”, mencionó.

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La Lupa Nicaragua