Nica deportado de EE.UU. por agresión sexual había sido liberado en Nicaragua bajo “convivencia familiar”

Evert Andrés Esquivel Pichardo, quien fue deportado a Nicaragua tras cumplir una condena en Estados Unidos por acosar y exhibirse ante una mujer en Coral Gables, Florida, es uno de los presos comunes que en 2019 recibió el beneficio de “convivencia familiar” que impulsa el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo.
El caso de Esquivel Pichardo, de 33 años, confirma las reiteradas denuncias de organizaciones feministas sobre el riesgo que supone para las mujeres la liberación de reos comunes que no han cumplido sus penas y suelen reincidir.
En los últimos años, la dictadura ha liberado a más de 50,000 presos comunes bajo el cuestionado programa de “convivencia familiar”, que “promueve la reintegración de las personas a sus hogares”, pero que ha facilitado la reincidencia de agresores, incluso fuera del país.
Pese a las estrictas políticas migratorias de Estados Unidos que prohíben el ingreso de personas con antecedentes penales, Esquivel Pichardo logró ingresar al país estadounidense, donde cometió una nueva agresión sexual.
En 2023, las imágenes de videovigilancia del edificio Life Time en Coral Gables grabaron el momento en que Esquivel Pichardo, siguió a una mujer hasta su apartamento, la empujó al suelo y se expuso indecentemente frente a ella.
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Esquivel Pichardo, según la Policía local, utilizó una tarjeta de acceso al edificio que había recibido como empleado de una empresa contratista del servicio de estacionamiento del complejo y tras cometer su delito huyó del lugar.
Las autoridades de Coral Gables no revelaron cómo Esquivel Pichardo, quien enfrentó cargos de robo con asalto o agresión y exposición indecente, llegó a Estados Unidos ni cuándo habría ingresado al país.
Según documentos judiciales nicaragüenses a los que tuvo acceso La Lupa, el 31 de julio de 2018, el Juzgado de Distrito Especializado en Violencia de León condenó a Esquivel Pichardo a la pena de dos años de prisión por el delito de estupro en perjuicio de una adolescente de 16 años.
Los hechos ocurrieron el 3 de febrero de 2018 en una casa de playa en Poneloya, León.
Esquivel aprovechó el estado de embriaguez de la menor para abusar sexualmente en múltiples ocasiones. La víctima, según el documento judicial, intentó resistirse, pero fue sometida por el agresor en un baño y posteriormente en una habitación.
El caso inicialmente fue calificado por el Ministerio Público como violación agravada en concurso ideal con violencia psicológica leve, pero el juez determinó que era estupro.
La defensa apeló la sentencia, argumentando que su cliente desconocía la edad real de la víctima, pero el Tribunal de Apelaciones confirmó la condena el 1 de noviembre de 2018.
Los magistrados desestimaron el argumento de la defensa de que el acusado no sabía la edad de la víctima o que fue “cautivado por una ilusión óptica” que le hizo verla como una persona madura física y sexualmente.
Apenas ocho meses después de que se dictó su condena, Esquivel Pichardo obtuvo el beneficio penitenciario de “convivencia familiar ordinaria” el 4 de marzo de 2019.
El juez Gunner Briones Ríos, del Juzgado de Distrito Penal de Ejecución de Sentencia de León, justificó la decisión citando el “comportamiento penitenciario favorable” del condenado y argumentando que no representaba “gran peligrosidad social”.
La resolución establecía múltiples condiciones para Esquivel, incluyendo presentarse mensualmente ante las autoridades, no frecuentar lugares cercanos al domicilio de la víctima, respetar la integridad de la víctima y su familia, y someterse a tratamiento psicológico especializado en violencia contra la mujer.
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La sentencia que otorgó la libertad a Esquivel citaba la “sobrepoblación en las cárceles”, un elemento que el régimen utiliza para justificar el beneficio que reciben los presos comunes. En este caso, el judicial, además argumentó que las condiciones carcelarias podrían convertir la pena “en un trato cruel e inhumano”.
Al momento de su liberación, Esquivel había cumplido apenas un año y 27 días de una condena de dos años —mínima para un delito de abuso sexual— ya que permaneció en prisión desde febrero de 2018.
Los antecedentes penales de Esquivel Pichardo se remontan a 2017, cuando fue procesado por el delito de exhibicionismo en León.
Según la certificación judicial, Esquivel fue condenado por ese delito el 25 de febrero de 2020.