La Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), presentó seis recursos por inconstitucionalidad contra la Ley de reforma a la Ley de Estabilidad Energética que, este miércoles, entró en vigencia al ser publicada en el diario oficial La Gaceta.
Los recursos por inconstitucionalidad fueron presentados ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ante la disposición de una ley que permite a la empresa Disnorte – Dissur manchar el récord crediticio de los clientes en mora que consumen mensualmente 300 kilovatios o más.
Los recurrentes contra la polémica ley, que permite a la referida empresa embargar los bienes de clientes en mora y publicar sus nombre, señalan que la misma viola al menos siete artículos de la Constitución Política de Nicaragua, que es la máxima ley del país.
Una de las disposiciones constitucionales que viola, la referida ley, es la no retroactividad porque ninguna ley puede ser aplicada de manera retroactiva. «Se está instrumentalizando al Poder Judicial para hacer labores de cobro», indicaron. La nueva ley señala que las facturas en mora, al momento de entrar en vigencia, pueden ser utilizadas para enjuiciamiento y embargo, aunque sean de meses anteriores a la aplicación de la Ley.
Los recurrentes señalan que la citada ley, también violenta el principio de igualdad, pues solo a Disnorte – Dissur se le está otorgando el privilegio de poder utilizar sus facturas en mora para ejecutar por la vía judicial a sus clientes «dejando en desventaja otros sectores económicos que también son importantes para el país».