La violencia de género ha tomado muchas formas en la digitalidad y abarca una amplia variedad de comportamientos dañinos y ofensivos contra las mujeres y niñas. Esto tiene severas consecuencias en su realidad física y virtual, advierte la Organización de los Estados Americanos (OEA) en La violencia de género en línea contra las mujeres y niñas.

Estas formas de violencia tienen en sus raíces la misoginia o el odio hacia las mujeres y se potencian con los avances tecnológicos y con la mayor inmersión en línea que tiene la población, señala.

“No es algo nuevo. Forma parte de un contexto de discriminación de género y violencia sistémica contra las mujeres que se da en todos los ámbitos de su vida. No está desconectada de la violencia “fuera de internet”: es parte de la serie de formas múltiples, interrelacionadas y recurrentes de violencia contra las mujeres y las niñas”, aclara.

De acuerdo con varios estudios recopilados por la OEA, el 77% de las mujeres que han sufrido violencia digital también han sufrido alguna forma de violencia física o sexual por parte de una pareja íntima y al menos la mitad conocían a sus agresores en línea.

El problema es que esta violencia digital tiene muy poca regulación dentro de los países, es fácil de ejecutar por el anonimato que brinda el Internet y tanto la sociedad como los Estados reconocen lo perjudicial que es para la vida de las mujeres.

Difusión de contenido sexual sin consentimiento, la principal violencia

Una de las principales manifestaciones de la violencia digital contra las mujeres es la creación, difusión, distribución o intercambio digital de fotografías y videos de naturaleza sexual sin consentimiento.

“Las mujeres son las principales víctimas de esta forma de violencia digital, que las afecta de manera desproporcionada en todo el mundo. En varios estudios se ha comprobado que 90% de las personas afectadas por la distribución digital de imágenes íntimas sin consentimiento son mujeres”, expresa la OEA.

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El propósito de difundir este tipo de material es utilizar la sexualidad de las mujeres para avergonzarlas, estigmatizarlas y perjudicarlas. Además, esta violencia puede ocurrir en una gran variedad de contextos y de relaciones.

“En una relación íntima y de confianza en la cual estas imágenes son enviadas de forma voluntaria por una persona a su pareja o expareja sentimental, como parte de esquemas de ciberhostigamiento o ciberacoso por amistades, conocidos o desconocidos, o cuando el material se obtiene mediante hackeo o acceso físico a dispositivos”, explica.

Esto también incluye generar imágenes sexualizadas de las mujeres, ya sea con fotomontajes o edición de videos. Esto último aunque siempre ha ocurrido, ha sido más frecuente desde el mayor desarrollo que ha tenido la Inteligencia Artificial en los últimos años.

Software e Inteligencia Artificial han sido usados para la violencia digital

Desde el 2017 se ha reportado la existencia de software que son utilizados para intercambiar el rostro de una persona por otras y son especialmente utilizados para crear videos pornográficos falsos, de acuerdo con la Organización. Este tipo de programas se han vuelto accesibles para usuarios que no son expertos, lo que ha extendido su uso.

La producción y difusión de contenido íntimo de mujeres muchas veces está acompañado de extorsión a las víctimas y amenazas de distribuirlos; pero también puede ocurrir sin el consentimiento de las víctimas en grupos cerrados de redes sociales y aplicaciones de mensajería, en la que los hombres comparten imágenes desnudas de mujeres sin su consentimiento.

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Estos grupos pueden ser para la gratificación sexual de los miembros o puede formar parte de enriquecimiento económico “en los cuales los agresores compilan y venden enlaces con archivos o “paquetes” de imágenes sexuales de mujeres obtenidas por diversas vías sin su consentimiento”, indica la OEA. La existencia de estos grupos se ha reportado en varias partes del mundo, incluyendo Latinoamérica y Nicaragua.

Cabe destacar que aunque las mujeres hayan brindado consentimiento para intercambiar fotos o para grabar videos íntimos con sus parejas o exparejas, este consentimiento no implica un permiso para almacenar, publicar, reproducir o difundir estos contenidos, aclara la Organización.

Estados deben de proteger y no estigmatizar

La OEA advierte que las personas que difundan los materiales recibidos durante el sexting (práctica que implica la generación e intercambio de material sexualmente explícito), comete una forma “grave de violencia de género, una violación de los derechos humanos, un acto ilícito, y ya está tipificado como delito en muchos países”.

Asimismo, indica que el papel de los Estados no es emitir juicios respecto al sexting sino de adoptar medidas apropiadas para prevenir, investigar, sancionar y reparar los daños causados cuando se comete esta forma de violencia.

La posición revictimizante de las instituciones de justicia es una de las principales barreras que enfrentan las víctimas cuando denuncian que sus imágenes fueron difundidas sin sus permisos. 

“Aún existe un tabú acerca del ejercicio de la libertad sexual. El hecho de tomarte ‘nudes’ o hacerte videos y compartirlos están mal vistos, pero ese estigma es contra las mujeres. Cuando una víctima quiere acudir a la Policía se somete a un escrutinio de la familia, la sociedad y las instituciones. Muchas no tienen redes de apoyo y la mayoría no denuncia por eso”, expresa Claudia, abogada de la colectiva feminista Las Malcriadas, que solicitó el anonimato.

“Las instituciones que deberían ser garantes de la investigación se convierten en los que te juzgan. Le preguntan a la víctima por qué te grabaste, por qué te dejaste grabar, por qué hiciste eso. Pareciera que para las instituciones el delito es hacerte fotos o permitir que te grabaran y no que hayan difundido ese contenido sin tu permiso”, añade.

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Aunque Nicaragua cuenta con la Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres y la Ley Especial de Ciberdelitos que condenan con penas de cuatro hasta ocho años de cárcel por la difusión de contenido íntimo o propalación, solo en una ocasión se ha logrado un juicio condenatorio a un agresor; la mayoría de los casos quedan archivados o en mediación, indica Claudia.

Otras manifestaciones de violencia se entrecruzan

La violencia de género en línea también incluye el acceso, uso, control o publicación no autorizada de información privada y datos personales, también llamado doxxing, explica la OEA. Muchas veces la propalación de contenido íntimo se aúna a esta práctica. 

Amnistía Internacional estima que al menos una cuarta parte de las mujeres usuarias de Internet han sido víctimas de doxxing al menos una vez en su vida.

El doxxing consiste en la extracción y publicación no autorizada de información personal. Esta información puede ser nombres, direcciones, números telefónicos, correos electrónicos, información sobre cónyuges, familiares o hijos e hijas.

Es una forma de intimidación o con la intención de localizar a la persona en el mundo real para acosarla. “También se ha observado que la información personal puede ser publicada en sitios pornográficos junto con el anuncio de que la víctima está ofreciendo servicios sexuales”, añade la Organización.

En otras formas de violencia, las mujeres tienen 50 por ciento más de probabilidades que los hombres de ser víctimas de suplantación y robo de identidad, según una investigación realizada por la Universidad Nacional de Australia.

Esto consiste en hacerse pasar por otra persona en línea usando datos personales con el objetivo de amenazarla o intimidarla.

Acorde con la OEA, en los casos de violencia intrafamiliar, es frecuente que las mujeres sufran suplantación y robo de identidad a través de diferentes mecanismos, como la utilización de datos personales para el uso ilícito de tarjetas de crédito o el control de bienes.

Los agresores usan eso para controlar las comunicaciones que entablan las víctimas, o hacerse pasar por familiares o amistades en redes sociales y así vigilarlas a través de esos perfiles. 

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