La polémica Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, aprobada este jueves en la Asamblea Nacional, forma parte de un combo de leyes que impulsa el régimen de Daniel Ortega dirigido a silenciar y criminalizar las voces de ciudadanos y todo tipo de organizaciones y asociaciones sociales consideradas opositoras.

El abogado, Gonzalo Carrión, del Colectivo de Derechos Humanos Nunca Más, manifestó que la ley atenta contra el derecho de asociación y la libertad de organización.

“Como si fuese poco los casi 30 meses de represión sistemática y de graves violaciones de derechos humanos bajo la responsabilidad de la tiranía Ortega Murillo (…) Es la ratificación que en Nicaragua estamos desgobernados por una dictadura feroz, ningún pueblo merece vivir en dictadura”, mencionó Carrión.

El régimen justifica la aprobación de la ley alegando que Nicaragua ha estado expuesta a «ataques, intervenciones e injerencias a lo largo de la historia».

Te explicamos, sin embargo, en seis claves de qué forma el régimen a través de esta ley pretende continuar con sus sistemática represión.

¿A quién afectará la implementación de la ley?

Técnicamente, la ley aprobada por la mayoría orteguista, afecta a toda persona que sea considerada como agente extranjero, sean nicaragüenses como de otras nacionalidades que “percibe fondos, bienes o cualquier objeto de valor” que provenga de gobiernos, agencias, fundaciones, sociedades o asociaciones.

No obstante, aunque el régimen quiere alegar que la ley es para dar «transparencia y publicidad del destino» de esos fondos, en una parte de los artículos hay nefastas consecuencias para quienes no se sujeten, pues pueden ser consideradas como muestras de injerencia.

Hay una autoridad competente

A todas las personas jurídicas o naturales consideradas agentes extranjeros se les obliga, en primer lugar, registrarse ante el Ministerio de Gobernación, que será la autoridad competente encargada de la «regulación, supervisión y sanción» en esta materia.

La ley obliga a todos los agentes extranjeros, que reciban fondos, a registrarse en el Ministerio de Gobernación.

Esta es una ley inconstitucional porque violenta las libertades públicas, tiene el objetivo de cercenar la capacidad operativa de organizaciones políticas que se oponen a la dictadura, pero afectará la operación de organización y fundaciones que trabajan sobre temas sociales o la defensa de los derechos humanos y tendrá consecuencias sobre proyectos de índole privado”, mencionó Juan Sebastián Chamorro, director ejecutivo de la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia.

Establece multas y confiscaciones

La ley impone medidas restrictivas y excesivas, como la consignada en el artículo 13 donde se establecen multas cuando la persona, que actúa como agente extranjero, no cumple con el registro ante Gobernación.

“En caso de que la persona física o jurídica, una vez notificada dentro del plazo de cinco días hábiles, no se inscriba el Ministerio podrá ejercer multas y cancelación de la personería jurídica a las autoridades competentes”, indica el artículo.

El mismo artículo indica que procederán a “intervenir los fondos y bienes muebles e inmuebles” de la persona que se niegue a cumplir con la disposición.

Declarar actividades

Entre las restricciones injustificadas, la ley además impone más restricciones dado que el artículo 8 señala que las donaciones que recibieron los agentes extranjeros “no podrán ser utilizados para financiar actividades no declaradas previamente; ejecutarlas sin registrarlas en el portal web” del Ministerio de Gobernación.

Una vez declarado el propósito de las donaciones, no se podrá cambiar sin antes haberlo notificado.

El diputado sandinista, Wálmaro Gutiérrez, presidente la Comisión de Producción Economía y Presupuesto, dedicó todo su turno a defender la ley a la que se atrevió llamar de diferentes maneras “ley Diriangén, la ley José Dolores Estrada o Andrés Castro”.

Según el legislador del régimen, la aprobación de la ley es una “deuda histórica” que tenían para con el pueblo nicaragüense, pues era una “asignatura pendiente” el aprobar lo que calificó como “honorable ley”.

En el artículo 9, establece la prohibición de recibir donaciones o fondos de “personas anónimas”.

Cero postulaciones

Los agentes extranjeros tampoco podrán postularse a ningún cargo de elección popular, tal y como establece el artículo 12. No podrán «ser funcionarios, empleados públicos o candidatos a cargos públicos de cualquier tipo o naturaleza».

La ley fue aprobada por 70 de sus diputados, sin temor al ultimátum que la semana pasada recibió Ortega por parte del Parlamento Europeo, pero la iniciativa contó con el rechazo de 17 diputados que votaron en contra y 4 abstenciones.

Amenaza remesas

Entre las excepciones contempladas por la ley están aquellos ciudadanos que reciben remesas familiares, pero en caso de que las personas «lleguen a realizar actividades que deriven en injerencia» se les aplicará las disposiciones establecidas en la ley.

Chamorro no descartó que muy pronto se apruebe la Ley Especial de Ciberdelitos o “Ley Mordaza” que atenta contra los medios de comunicación independientes.

“Restringirá las otras libertades que pretende suprimir como son la libertad a la información y la libertad a ser informados, estamos viendo a una dictadura que se está tratando de agarrar de todos los espacios posibles y herramientas  jurídicas para cercenar y violentar los derechos de los nicaragüenses”, señaló Chamorro.

Los eurodiputados la semana pasada votaron a favor de establecer sanciones en contra del “régimen criminal” y amenazaron con sacar a Nicaragua del Acuerdo de Asociación (AdA).

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