La dictadura de Daniel Ortega intensificará la persecución contra las organizaciones no gubernamentales a través de la nueva normativa que desde el año pasado elaboró el Ministerio de Gobernación y que pone nuevas reglas a estas entidades sin fines de lucro en el país, con las que según denuncian pretende «imponerles un bozal».
La denominada “Normativa para la Supervisión y Control de Organismos sin fines de lucro” fue aprobada el 12 de abril de 2019 por Gobernación, pero no fue hecha pública inmediatamente, sino que se filtró en el mes de diciembre de ese mismo año, aunque la misma todavía no entra en vigencia.
A través de esta normativa el régimen exigirá a las organizaciones sin fines de lucro presentar sus estados financieros, algo que no es nuevo, pero agrega que éstas deben presentar el “detalle de donaciones con origen de ingreso y destino final y origen de aplicación de fondos”.
- Te puede interesar: Organismos nicaragüenses se preparan para presentar denuncias ante el Consejo de la ONU
Para Wendy Flores, activista del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más las nuevas reglas del juego impuestas por el régimen pretenden “silenciar” a las organizaciones que desde hace varias décadas han ejercido el papel de fiscalizador del Estado.
“Les impiden bajo la lógica de no intervenir en asuntos políticos partidarios que no realicen cuestionamientos a la labor que realiza el Estado a los abusos de funciones que cometen funcionarios y funcionarias en el ejercicio de sus funciones o en el ejercicio de sus cargos”, dijo Flores.
CON LA EXCUSA DEL LAVADO DE DINERO
El artículo 15, inciso 5, precisamente establece que todas las organizaciones sin fines de lucro de otras nacionalidades “no pueden intervenir en asuntos de políticas partidarias, ni violentar sus objetivos para lo cual fue creada y registrada en este país”.
Para la activista y defensora de derechos humanos las organizaciones de la sociedad civil desde hace mucho tiempo han ejercido la labor de “contraloría social de la función estatal” y el régimen quiere callar a las distintas voces.
A través de esta normativa el Gobierno tendrá la potestad de verificar la identidad y la buena reputación de los donantes y beneficiarios, eso incluye nombre, dirección, teléfono, copias de documentos de identidad y antecedentes legales, lo que constituye una práctica “ilegal” porque pone en riesgo a todos los actores.
También: Régimen de Daniel Ortega fabrica delitos de drogas contra casi 15 presos políticos
“Ponen en riesgo no solamente a los defensores y defensoras, sino a quienes aportan y apoyan esta labor, y a los beneficiarios y destinatarios finales. Organizaciones que trabajan, por ejemplo, con excarcelados políticos que son personas que han estado participando activamente y denunciando violaciones de derechos humanos, demandando justicia, libertad y democracia para el Gobierno puede ser gente que no goza de una buena reputación, pero para el resto de la sociedad son ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio de sus derechos constitucionales”, señaló Flores.
PERSECUCIÓN DE VIEJA DATA
El secretario ejecutivo de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), Denis Darce, argumenta que esa persecución que mantiene la dictadura contra estas entidades sin fines de lucro no es nueva, sino que desde el 2017 vienen enfrentando este tipo de situaciones de manera más sistemática.
“Las organizaciones han hecho esfuerzo por presentar su documentación, se han presentado los informes”, añadió Darce.
Desde abril de 2018, con el estallido social, el régimen ha intentado por todos los medios, incluyendo la represión, silenciar a los nicaragüenses que siguen reclamando justicia por los muertos de las protestas y libertad para quienes permanecen en prisión por ser voces críticas.
La presión impuesta por el régimen, sin embargo, es también evidente contra las entidades sin fines de lucro. A finales de 2018, quitó la personería jurídica a nueve organizaciones no gubernamentales a las que acusó de organizar y financiar un golpe de Estado.
LOS TRATAN COMO ENEMIGOS
La nueva normativa tiene como fundamento la Ley 147, “Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro”, pero particularmente los efectos de la misma se ven reflejados en la Ley 977, “Ley Contra el Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva”.
Representantes de las organizaciones insisten que esto prueba que el Estado de Nicaragua no está dando muestras de querer respetar los derechos humanos de los ciudadanos.
Darce insistió que las organizaciones no son oposición política de ningún gobierno, pero desde el momento que denuncian las violaciones de derechos humanos no son bien vistos por las autoridades.
“La actuación de Ministerio de Gobernación ha sido bastante discrecional porque la Ley 147 no establece ningún mecanismo, incluso, aquella famosa carta de cumplimiento es una situación discrecional porque tampoco está en ninguna normativa, de hecho el Estado desde el año 2009 está intentando desarrollar algún tipo de instrumento para controlar y limitar el acceso y el flujo de recursos financieros hacia las organizaciones de sociedad civil”, manifestó el representante de la CPDH.
La normativa contempla que el Departamento de Registro y Control de Asociaciones podrá realizar visitas de control para verificar si las organizaciones cumplen con lo establecido tanto en la Ley 147 como la Ley 977.
“Nosotros como defensores exigimos el cese de los hostigamientos que el Ministerio de Gobernación ha mantenido en contra de las organizaciones de derechos humanos, que inició con la cancelación de las organizaciones, con la negativa de entregarles sus constancias para su funcionamiento como se los negó por mucho tiempo (…) Es una práctica que mantienen y no solamente con negar las constancias, sino con estar realizando las visitas que están establecidas en la normativa a las organizaciones como mecanismo amedrentador”, denunció Flores.
La nueva disposición también contempla “medidas correctivas, sanciones administrativas y pecuniarias”.
En el artículo 27 establece diferentes multas, por ejemplo, en caso de que una organización no informe periódicamente sobre los cambios internos, tales como: cambio de representante legal y directivos o el cambio de razón social, establece un pago de 2 mil 500 córdobas.
“El estado mediante esta normativa pretende impedir la labor de estas organizaciones”, puntualizó Flores.