La cartilla propagandística “Mujer y Derechos” lanzada por el régimen Ortega-Murillo y anunciada con el objetivo de fortalecer el conocimiento sobre los derechos de las mujeres, contiene una serie de información sobre las leyes y políticas dirigidas a reducir las desigualdades de género, pero presume logros falsos sobre leyes que nunca se ejecutaron y derechos que el régimen no respeta.

Esta cartilla es la primera de una serie de cartillas que promueve el régimen y más que contenido educativo están llenas de propaganda del régimen.

A continuación analizamos los aspectos en que la cartilla desinforma.

Leyes que “garantizan igualdad” entre hombres y mujeres

Desde la toma de poder de la dictadura Ortega-Murillo en 2007 se han aprobado una serie de leyes para contribuir a la equidad de género y abonar a los derechos de las mujeres, según el discurso oficialista. Sin embargo, muchas de estas leyes han sido reformadas al punto de desvirtuar su espíritu; no han sido ejecutadas porque no le han asignado presupuesto, quedando únicamente en papel; o han sido utilizadas con objetivos partidistas y propagandísticos por parte del partido de Gobierno.

Dentro de las leyes presentadas en la cartilla que  “protegen” el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, se encuentra la Ley 779, Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las mujeres con sus reformas incorporadas; pero esta ley se encuentra lejos de cumplir su función inicial debido a las reformas inconstitucionales que el régimen ha hecho.

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La Ley 779, la cual originalmente estaba destinada a regular «la protección, reparación y sanción de todas las formas de violencia contra las mujeres» tanto en el ámbito privado como público, era una ley «muy completa» de acuerdo a análisis de feministas. Pues, reconocía la violencia machista como producto de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres; tipificaba el femicidio; prohibía la mediación en cualquier caso de violencia; y aplicaba el Modelo de Atención Integral (MAI) con las víctimas que denunciaban.

Una ley “excelente”, pero solo de “vitrina”, según la integrante del Movimiento de Mujeres de Nicaragua y jurista especializada en Derechos Humanos de las mujeres, Azahalea Solís.

La ley sufrió su primer embate apenas un año después de su aprobación en el 2013. La primera reforma impuso la mediación a las víctimas con sus victimarios en los casos que la ley considera «menos graves», como en casos de violencia física si se provocan lesiones leves, violencia psicológica, intimidación o amenaza, violencia laboral, acoso a menos que la víctima sea menor de edad, entre otra larga lista de violencias que las mujeres tienen que mediar con sus maltratadores.

Martha Flores, directora de la organización feminista Católicas por el Derecho a Decidir (CDD), indica que la vida y salud de las mujeres corren mayor riesgo cuando se impone la mediación con sus agresores, en vez de la protección integral de sus vidas.

“La mediación y el objetivo de las Comisarías de promover el diálogo es contraproducente y riesgoso para las mujeres, porque muchas de las mujeres que han mediado encuentran la muerte después. El impacto son los femicidios, y las que sobreviven quedan con secuelas a nivel físico y emocional”, expresa.

La feminista explica que en la violencia machista no puede haber mediación porque hay un abuso y disparidad de poder, donde las mujeres se encuentran en mucha mayor desventaja que sus agresores, ya que no cuentan con recursos económicos, ni psicológicos, ni emocionales para salir de la violencia.

En el 2014 la ley nuevamente sufrió otra reforma, esta vez desvirtuando su espíritu y alejándola completamente de su cometido. Pues, anteriormente  tenía “por objeto actuar contra la violencia que se ejerce hacia las mujeres», y con la reforma el objetivo de la Ley es actualmente “garantizar el fortalecimiento de las familias nicaragüenses”.

La reforma también limitó su aplicación únicamente al ámbito de las relaciones interpersonales, pese a que los registros anuales de femicidios e intentos de femicidios registrados por CDD señalan que hay una gran cantidad de agresores que no pertenecen al círculo cercano de las víctimas.

La última reforma realizada en enero de 2021 fue la aprobación de la cadena perpetua para los femicidas. Aunque la medida aparenta buscar justicia y disminuir los femicidios, esta no es efectiva según feministas. Pues hasta la fecha nueve femicidas han sido condenados con esta pena y los números de femicidios no han bajado, ya que solo en siete meses de este año han ocurrido 31 femicidios, según CDD.

Leyes quedan únicamente en papel

La cartilla en su página 28 señala a la Ley 717, Ley Creadora del Fondo para Compra de Tierras con Equidad de Género para Mujeres Rurales, como una de las leyes que «garantizan el Derecho a la Seguridad Alimentaria Nutricional y el Derecho a la tierra de mujeres rurales». Pero esta ley nunca ha sido ejecutada porque no le fue destinada una partida presupuestaria para su aplicación como lo establece en su artículo tres.

La ley aprobada en el año 2010, ayudaría a las mujeres rurales a dejar de alquilar y prestar terrenos para cosechar, ya que el Estado les otorgaría apropiación jurídica y material de tierra.

No obstante, la ley nunca pasó más allá de su aprobación en La Gaceta, nunca se creó el fondo económico para la compra de los terrenos y ninguna mujer rural ha sido beneficiada con tierras por parte del Estado.

“La iniciativa de la Ley 717 nació en el seno de las mujeres pobres y campesinas sin tierra y al ser aprobada, el Estado de Nicaragua reconocía las grandes brechas de desigualdad que existen entre mujeres y hombres en el campo, pero la propuesta social de la ley fue cercenada y el resto nunca se ejecutó, eso significa que el Estado de Nicaragua nunca se ha preocupado por las mujeres”, señala Teresa Fernández, Coordinadora de las Mujeres Rurales.

Hasta el año 2019, el área rural encabezaba la pobreza en el país con el 63.3 por ciento, siendo el 48.6 por ciento de esta población las mujeres rurales, de acuerdo con datos de la Encuesta de Hogares para Medir la Pobreza en Nicaragua Informe de resultados 2019 del FIDEG.

Mujeres indígenas vulnerables a la violencia

La ley 757, Ley de Trato Digno y Equitativo a Pueblos Indígenas y Afrodescendientes también se encuentra dentro de los supuestos logros en materia de igualdad entre hombres y mujeres que el régimen Ortega-Murillo presume. 

Dicha ley tiene por objeto regular y garantizar el trato justo e igualitario a los pueblos indígenas y afrodescendientes de la Costa Caribe, sin embargo, estas poblaciones son una de las mayores víctimas de violencia por parte de colonos quienes asesinan a las personas comunitarias y les roban sus tierras, de acuerdo con organizaciones locales.

La mayor masacre cometida contra indígenas en la historia reciente del país, ocurrió el 23 de agosto de 2021, cuando 13 personas de etnias miskitas y mayangnas fueron reportadas asesinadas y varias mujeres violadas. Sobre esto, la Policía solo reconoció nueve asesinatos y dos violaciones.

Al menos 49 indígenas miskitos fueron asesinados entre los años 2002 y 2020 según el Centro por la Justicia y Derechos Humanos de la Costa Atlántica de Nicaragua (CEJUDHCAN), siendo 13 los asesinados únicamente en 2020.

Mujeres sin poder de decisión

La cartilla “Mujer y Derechos” menciona en diferentes ocasiones la ley 648, ley de igualdad de derechos y oportunidades, como una de las leyes que garantizan igualdad entre hombres y mujeres, pese a que diferentes feministas han señalado que esta ley no ha contribuido a la erradicación de la desigualdad de género en el ejercicio de sus derechos.

Dicha ley pretende «promover la igualdad y equidad en el goce de los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales entre mujeres y hombres». Y dentro de su aplicación en el ámbito político ordena la participación equitativa de mujeres y hombres para que cada sexo represente el 50% dentro de los puestos.

No obstante, aunque las mujeres representan la mitad en los puestos públicos, estas no tienen capacidad de decisión y son cambiadas constantemente si no cumplen con las expectativas del partido de Gobierno, situación que no ocurre con los hombres, señalan activistas feministas.

Una investigación de La Lupa arrojó que en los últimos 14 años, al menos 10 mujeres han asumido el cargo de dirección en el Ministerio de la mujer.

«En esta ley 50/50 todos los nombramientos de estas mujeres han sido de papel. Las mujeres que han sido llamadas para ejercer cargos públicos no tienen poder para proponer y menos para decidir. Solo están en sus puestos para recibir órdenes, las que tienen que cumplir al pie de la letra para no poner en riesgo su trabajo», expresa Mirna Blandón, feminista y defensora de Derechos Humanos.

Régimen se apropia de leyes impulsadas por feministas

La cartilla señala falsamente que «la mayoría de las leyes que garantizan los derechos de las familias nicaragüenses y de las mujeres en particular, han sido propuestas por el Gobierno Sandinista presidido por el Comandante Daniel Ortega Saavedra». Pese a que la mayoría de las leyes anteriormente analizadas han sido formuladas, impulsadas y exigidas por grupos feministas, organizaciones de derechos humanos y personas organizadas.

Imagen sacada de la Cartilla Mujer y Derechos.

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Por ejemplo, la ley 717 fue trabajada y demandada  por la Coordinadora de Mujeres Rurales y otras mujeres organizadas desde el 2005; mientras que la ley 779 fue igualmente formulada y presentada por grupos feministas que desde los años 80’s demandaban leyes para la protección de las mujeres víctimas de violencia.

Por otro lado, el régimen presume los reconocimientos internacionales que ha recibido gracias a dichas leyes, como el quinto lugar en todo el mundo con mayor balance de género en el 2020, según el Foro Económico Mundial. Pero estos reconocimientos internacionales no se traducen necesariamente en un cambio significativo en la calidad de vida de las mujeres y solo las utilizan para indicadores, indica la feminista Mirna Blandón.

Régimen no respeta el derecho a la vida de las mujeres

La cartilla señala que el régimen sandinista protege y garantiza el derecho a la vida de las mujeres, pero el mismo régimen penalizó el derecho aborto en cualquier circunstancia en el 2006, incluso cuando la vida de la embarazada está en riesgo.

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Así que si una mujer es diagnosticada con un embarazo de alto riesgo por alguna condición médica, está obligada a llevarlo a cabo, de lo contrario, si se practica un aborto para salvar su vida puede enfrentar una pena de cuatro años de cárcel como lo establece el Código Penal.

Según feministas, expertas en salud y organizaciones de derechos humanos esto pone en peligro la vida y la salud de las mujeres. Esta situación se agrava con las niñas y adolescentes, ya que el 25% de los embarazos en todo el país corresponde a menores de edad de acuerdo con los informes de Compendio de Estadísticas Vitales del Instituto Nacional de Información de Desarrollo (INIDE).

Aunque el régimen nunca ha presentado datos sobre la cantidad de mujeres que les ha costado su vida la penalización del aborto desde el 2006, han habido casos en el que las mujeres han perecido debido a esta medida. En el 2010 se dio a conocer el caso de Amelia, una joven de 27 años que fue diagnosticada con cáncer a las ocho semanas de embarazo, gracias a denuncias públicas del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH).

A la joven le fue negado el tratamiento por más de un mes, debido a que la quimioterapia podía provocarle un aborto. Así que el CENIDH solicitó medidas cautelares a la Comisión Interamericana  de Derechos Humanos (CIDH) para que el Estado le brindara el tratamiento médico necesario.

Finalmente, Amelia logró recibir la quimioterapia, pero fue muy tarde y no recibió información sobre los riesgos que tendría para el feto. Tuvo un parto prematuro a los siete meses, por lo que el feto no sobrevivió, ni ella tampoco, ya que murió meses más tarde debido al avance del cáncer.

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