Los diputados orteguistas en la Asamblea Nacional aprobaron la “Ley Especial de Ciberdelitos”, conocida como «Ley Mordaza», dictaminada por la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos, y que ha sido rechazada por la inmensa mayoría porque pretende castigar hasta con cinco años de cárcel lo que ellos consideran la “propagación de noticias falsas”.
La Ley fue aprobada en lo general y de inmediato la Asamblea continuó su discusión para aprobarla en lo particular.
La maquinaria de diputados sandinistas votó con sus 70 votos, mientras que los legisladores opositores se abstuvieron de votar por considerar que la iniciativa que presentó el régimen el pasado 28 de septiembre es violatoria a los derechos de los nicaragüenses.
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¿Cuál es la amenaza encubierta en la ley aprobada este martes 27 de octubre?
Aunque el régimen afirma que la ley busca proteger los “derechos y libertades que la Constitución Política” establece, diversos sectores han confirmado que los articulados de la misma quieren poner una mordaza a los medios de comunicación independientes, que en medio de censura y hostigamiento, sigue en resistencia.
La información pública
El artículo 25, establece una pena de entre cinco y ocho años de prisión a quienes “sin autorización” transfieran información pública clasificada como “reservada” ponga en peligro, según el documento aprobado, la “seguridad soberana del Estado”.
#Urgente | Asamblea Nacional aprobó con 70 votos a favor la Ley Especial de Ciberdelitos, la iniciativa que amenaza con cárcel a periodistas independientes ciudadanos bajo lo que llaman “información falsa”. 16 diputados votaron en contra y 4 se abstuvieron.
— La Lupa (@lalupa_ni) October 27, 2020
El Foro de Prensa Independiente, integrado por propietarios y directores de medios de comunicación, nacionales y locales, editores, columnistas, camarógrafos, caricaturistas y blogueros, recientemente señaló que más bien buscan impedir las “investigaciones periodísticas, violentando el artículo 66 de la Constitución Política”.
El artículo en mención, además impone ente 200 y 500 días de multa a quien caiga en revele esa información pública.
Lo que llaman “noticias falsas”
Durante el debate, la legisladora del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), Azucena Castillo, aseguró que estas leyes, tanto la de Ciberdelitos como la Ley de Agentes Extranjeros, están llenas de «discrecionalidad» y que solo el régimen tendrá la facultad de decidir quiénes cometen los ciberdelitos.
“En un país donde la crisis política y la recesión mantiene a la ciudadanía en una incertidumbre y zozobra, no es justo ni tampoco oportuno traer este tipo de instrumentos que vienen a encender el clima de represión que se mantiene en el país”, mencionó la legisladora.
En consecuencia, el artículo 30 de la ley también se impone una pena de tres a cinco años a quienes difundan lo que ellos han denominado “información falsa y/o tergiversada”. Según el régimen, a través de este artículo quieren evitar que se ponga en peligro la “estabilidad económica, el orden público, la salud pública o la seguridad soberana”.
En los últimos dos años y medio la vocera del régimen, Rosario Murillo, se ha encargado de acuñar el término de “noticias falsas” a toda información que proviene de los medios independientes en resistencia y que le provoca incomodidad por el papel fiscalizador de los hombres y mujeres de prensa.
El mismo artículo 30 impone una condena con prisión de entre dos y cuatro años a quienes usando las tecnologías de la información difundan “información falsa y/o tergiversada” a través de la cual promuevan “alarma, temor, zozobra”. Adicionalmente, el responsable de difundir esa información serán sancionado con una multa de 300 a 500 días de multa.
🔴@cenidh RECHAZA Y CONDENA aprobación del Ley Especial de Ciberdelitos que viola la Cn y numerosos tratados y convenios internacionales de #DDHH. El régimen ORMU viene a cercenar la libertad de expresión y prensa en #Nicaragua.
➡️Espere análisis que prepara @cenidh. pic.twitter.com/MSt5wHjKQc— Cenidh (@cenidh) October 27, 2020
Amenazas a través de las TIC
Por otro lado el artículo 28 de la ley aprobada por los diputados sandinistas impone una pena privativa de libertad a quien amenace a otro a través del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).
Este articulado señala que la pena puede ser de uno a tres años de prisión cuando la amenaza constituya delito y que por su naturaleza parezca “verosímil”, o bien puede ser una sanción de hasta cuatro años de cárcel cuando se hagan imputaciones que atenten “contra el honor, o el prestigio, violar o divulgar secretos” de otras personas.
Finalmente el artículo 29, establece que aquella persona que incite o promueva delitos haciendo uso de las tecnologías también será sancionado con una pena de hasta cinco años de cárcel.