Apenas tres meses después de que un juez desestimó una acusación en su contra por el delito de agresiones, Juan Alejandro Molina Gómez reincidió, y esta vez, intentó asesinar a su conyugue María Elsa Bermúdez Centeno, por lo que fue detenido bajo el delito de tentativa de femicidio.

La detención se produjo después de que se viralizaró un video —que grabó un poblador—, donde se observa a Molina Gómez sujetando de la cabeza y el cuello a Bermúdez Centeno. Solo así, la Policía logró identificar el vehículo del agresor mediante la placa LE 33041.

—“¡Suéltela, suéltala, señor! No tiene derecho. Preso va a ir”, decía quien grababa la agresión.

— “Es mi mujer”, respondió el agresor.

El caso pone en evidencia las fallas del sistema judicial del país, que permiten que la violencia machista escale hasta poner en riesgo la vida de las mujeres. 

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“Este es el tipo de acciones que pueden significar la diferencia entre la vida y la muerte para una mujer que está siendo violentada. Al contrario de lo que dice el dicho, en pleito de marido y mujer, Sí nos debemos meter, ya que la violencia intrafamiliar es un delito de carácter público y si somos testigos, tenemos el deber de ayudar o denunciar”, denunció el colectivo feminista Las Venancias. 

Una agresión previa

El 27 de mayo de 2025, el Juzgado Tercero Local Penal de León declaró inadmisible una acusación presentada por la Policía Nacional contra Juan Alejandro Molina Gómez por “falta contra las personas (agresiones contra las personas)” en perjuicio de Bermúdez Centeno.

La razón de haberla rechazado se debió a las «deficiencias en el accionar policial», lo que le permitió que continuara en libertad. 

Según el documento judicial al que tuvo acceso La Lupa, la autoridad consideró que la acusación “no reúne los requisitos de ley” y la declaró inadmisible “por falta de un requisito de procedibilidad”, dejando “a salvo el derecho de la víctima de interponer nuevamente la acusación”. 

Esta decisión técnica permitió que el agresor allanara el camino de la violencia hasta la tentativa de femicidio apenas tres meses después.

Es un agresor de mujeres

Los registros judiciales revelan que Juan Alejandro Molina Gómez tiene antecedentes por otros delitos donde las víctimas siempre son mujeres. 

En 2014, fue acusado junto a Juan Alejandro Molina Jacamo por lesiones leves y violación de domicilio en perjuicio de Yamileth Lourdes Lacayo Rodríguez y María Lourdes Pastrán Rivera.

Sin embargo, ese caso también terminó sin consecuencias para el agresor debido a la inacción de la Fiscalía. 

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El 20 de septiembre de 2018, el Juzgado Primero Local Penal de León declaró prescrita la acción penal, argumentando que “en los delitos menos graves la prescripción de la acción penal opera a los tres años” y que el Ministerio Público no había “instado la presente causa” ni presentado “el escrito de intercambio de información y pruebas”. 

“Las autoridades tienen el deber de actuar de oficio e intervenir para proteger a la víctima y sancionar al agresor (…) Las creencias machistas de que las mujeres somos propiedad de los hombres promueven diferentes violencias y atentan contra nuestros derechos humanos. ¡Nos queremos vivas, seguras y acuerpadas!”, puntualizó el colectivo Las Venancias. 

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La Lupa Nicaragua