El nuevo reglamento de extranjería que entró en vigor en España este 20 de mayo de 2025 podría tener graves repercusiones para centenares de nicaragüenses que huyen de la represión del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, ya que establece que el tiempo que una persona permanece en el país como solicitante de asilo no computará para solicitar una residencia en caso que el asilo sea denegado, dejándolos en riesgo de caer en situación irregular.

Una de las modificaciones más severas está recogida en el artículo 126 del reglamento, que establece los requisitos para solicitar una residencia por arraigo. Según este artículo, no se permitirá presentar una solicitud de residencia por arraigo mientras se tenga una solicitud de protección internacional en trámite. 

Y lo más relevante es que, el tiempo que una persona haya permanecido en España como solicitante de asilo no será computado para cumplir con los dos años de permanencia continua exigidos por ley “hasta su resolución firme en sede administrativa, y, en su caso, judicial”. 

En otras palabras, quienes reciban una respuesta negativa a su petición de asilo, perderán ese derecho, pero además su historial administrativo será borrado como si nunca hubieran estado en el país y estuvieran llegando por primera vez.

Lo anterior significa que, tras meses o incluso años de espera —en los que han vivido y trabajado de manera regular—, miles de personas podrían caer nuevamente en la irregularidad administrativa y tener que esperar al menos dos años más para regularizar su situación por otras vías.

“Los de protección internacional fueron los grandes castigados del nuevo reglamento”, dijo a La Lupa, Glenda García, migrante nicaragüense y miembro de la Asociación Nicaragüita en Bilbao. 

El derecho al asilo amenazado

García advierte que muchos solicitantes “se han quedado a cero”, ya que el tiempo que han permanecido en España esperando una resolución —incluso trabajando legalmente— no les servirá para solicitar arraigo si su solicitud es denegada después de haber pasado un año desde que la presentaron.

Es decir, si una persona espera dos años una respuesta a su solicitud de asilo y ésta es denegada, el tiempo que estuvo en España no contabilizará para optar por el arraigo, según establece el artículo 126 del nuevo reglamento. Solo podrán contar los años posteriores a esa denegación, lo que obliga a muchos a empezar desde cero y quedar en situación irregular durante al menos otros dos años.

“La protección internacional tristemente se había buscado como un medio para obtener papeles antes. El Estado, viendo aquello, dijo: ‘hay que parar esto’, y la forma de hacerlo fue dejando fuera”, explica. “Ahora, quienes reciben una denegación después de ese primer año, vuelven a caer en la irregularidad y tienen que empezar de cero”.

Según el texto del reglamento, el arraigo familiar “no requerirá ninguna permanencia mínima”. “Eso no quita que sea algo bárbaro, porque los que en realidad necesitan protección internacional mucha de esa gente se ha quedado sin opción alguna”, agregó García. 

Nicas que huyen de la represión 

Este cambio supone un grave retroceso para quienes han buscado protección internacional en el país y afecta de forma especial a la comunidad migrante nicaragüense, una de las más golpeadas por la represión del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo.

Según Human Rights Watch, en julio de 2024 había 345,800 solicitantes de asilo nicaragüenses en el extranjero, principalmente en Costa Rica, Estados Unidos, Panamá, España y México, y otros 30,000 ya habían sido reconocidos como refugiados.

En España, la presencia de nicaragüenses ha incrementado en los últimos años. De acuerdo con la última actualización del Instituto Nacional de Estadística (INE), la población nicaragüense empadronada en el país alcanzó 87,786 personas, más de las registradas en 2020 cuando apenas había 59,747.

Diversas organizaciones han criticado esta medida por considerarla desproporcionada y por castigar a personas vulnerables que ya llevan años intentando integrarse legalmente en España.  

Además de endurecer los requisitos para regularizar la situación de quienes han solicitado asilo, el nuevo reglamento también establece los tipos de autorizaciones de residencia temporal por razones de arraigo. 

Según el artículo 125, estas autorizaciones se concederán por un año a personas extranjeras por las siguientes razones, excepto el arraigo familiar, cuya duración será de cinco años:

  • Por razón de arraigo de segunda oportunidad.
  • Por razón de arraigo sociolaboral.
  • Por razón de arraigo social.
  • Por razón de arraigo socioformativo.
  • Por razón de arraigo familiar.

Según García, entre los solicitantes de protección internacional existe mucha “desinformación”, que no los deja avanzar en sus procesos migratorios. 

El 19 de noviembre de 2024, el Gobierno español aprobó una reforma del reglamento de extranjería que entró en vigor este 20 de mayo de 2025.

En enero de 2025, al menos siete organizaciones —Andalucía Acoge, Cáritas, CEAR, Red Acoge y Servicio Jesuita a Migrantes—  interpusieron un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el nuevo reglamento por considerar que existe “incompatibilidad entre el procedimiento de protección internacional y los arraigos vulnera derechos fundamentales de las personas migrantes”. 

“Esto significa que si una persona migrante recibe una denegación a su solicitud de asilo deberá reiniciar su tiempo de permanencia previa —en situación irregular, en este caso— para optar a un arraigo”, concluyen las organizaciones.

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La Lupa Nicaragua