Un grupo de docentes de la Universidad Centroamericana (UCA) denunció la existencia de un acuerdo en el que las autoridades de esta alma máter suspenden sus contratos de trabajo por un periodo de dos meses que culmina el próximo 15 de marzo, con la posibilidad de prorrogarlo, por lo que los maestros temen que se den despedidos después de esa fecha.
El acuerdo, que contiene únicamente tres cláusulas, se firmó de “forma individual” el pasado 11 de enero y entró en vigencia el 16 de ese mismo mes, según los denunciantes.
En el documento, la UCA cita los artículos 35 y 37, literal g, del Código del Trabajo, que hace referencia a que la interrupción temporal del contrato, “puede provenir de cualquiera de las partes y no extingue la relación jurídica establecida” y el “mutuo consentimiento”.
“La persona trabajadora tendrá que reintegrarse a sus labores el 16 de marzo de 2021, siempre y cuando no se haya acordado una extensión del presente permiso entre las partes”, refiere la cláusula primera denominada “Acuerdo de permiso laboral con goce parcial de salario”.
“Ese acuerdo impuesto se lo notificaron para que lo firmaran los profesores de tiempo completo (…) Son docentes que en su mayoría están ubicados en un escalafón docente que la UCA promovió durante el rectorado de Mayra Luz Pérez Díaz”, mencionó uno de los denunciantes.
Laborarán de “forma ocasional”
No obstante, el párrafo segundo de la primera cláusula obliga a los docentes a laborar de “manera ocasional” en el tiempo que dure la suspensión, a fin de cumplir con una serie de “programas o trabajos especiales” en el que se requiera su participación obligatoria, señala el documento.
En caso que el superior inmediato requiera la presencia de alguno de los que fueron suspendidos de forma ocasional, el docente “devengará un salario proporcional”, según las horas laboradas.
“La hora laboral se pagará conforme a último salario ordinario mensual devengado”, señala el texto remitido a los trabajadores de la UCA.
En lo referente a las prestaciones, el docente que firmó este acuerdo no acumulará vacaciones por trabajo efectivo en este periodo y el decimotercer mes, es decir el aguinaldo, se pagará proporcional, según el tiempo trabajado.
Lo relativo a la indemnización por años de servicio o antigüedad, “su acumulado no se interrumpe” por la interrupción laboral que establece el acuerdo firmado, señala el documento filtrado.
“La razón que justifica el acuerdo, que obligaron a firmar no queda especificado en el documento, pero el discurso fue que el recorte presupuestario obligaba a hacerlo”, menciona el denunciante.
Establecen “retorno anticipado”
El acuerdo establecido, las autoridades de la UCA establecen en la cláusula segunda que, en caso que el empleador requiera su retorno al trabajo antes del vencimiento del acuerdo, el docente será notificado con 72 horas de anticipación vía correo electrónico, mensaje de WhatsApp o comunicación escrita.
“La omisión o falta de cumplimiento a esta instrucción sin que medie causa justificada, conlleva a tener su acto como abandono de trabajo sujeto a sanciones disciplinarias prescritas en nuestra legislación laboral y jurisprudencia administrativa laboral”, señala la cláusula segunda.
“En 2018, se dijo que suspendían el contrato laboral, porque había retrasos injustificados en las transferencias del dinero asignado a la UCA. La semana pasada se dijo que por los recortes presupuestarios aplicados a la UCA este año”, se quejó uno de los afectados.
Simulación laboral
José Antonio López, experto en derecho laboral de la organización Defensores del Pueblo, señaló que ese acuerdo en que se suspende temporalmente al docente que puede ser llamado en cualquier momento es una “simulación laboral”.
López recordó que la legislación laboral nacional establece que la suspensión puede ser individual, como en este caso o bien colectiva.
En 2020, por el contexto de la pandemia de la COVID-19, algunas empresas de zona franca en el país acordaron suspensiones colectivas, previa notificación al Ministerio del Trabajo, para no exponer a los trabajadores.
La suspensión colectiva termina cuando cesen las causas de la suspensión o venza el plazo por el cual fue autorizada.
En el caso de los docentes de la UCA, el documento explica que la suspensión individual es por “mutuo consentimiento”, pero ordena el retorno en cualquier momento.
“Eso es ilegal, porque la realidad de las cosas que ahí están haciendo una mescolanza a beneficio del empleador, porque si yo te estoy suspendiendo un mes, dos meses, sin goce de salario, durante ese tiempo no hay derechos, ni obligaciones”, insistió López.
UCA responde
La Lupa remitió un correo electrónico a las autoridades de la UCA para conocer su versión, y aunque no explican cuántos docentes están en esta situación, la dirección confirmó que “todos y todas las docentes de la universidad se encuentran en este momento impartiendo las clases que les corresponde en el primer semestre 2021 y recibiendo su pago por dicha tarea”.
“Todo acuerdo suscrito entre la universidad y otra parte se efectúa de manera legal y de mutuo consentimiento. Cualquier docente o trabajador que requiera plantear una inconformidad sobre su situación actual en la universidad u otro tema, cuenta con medios y canales internos para evacuar sus dudas, consultas y/o reclamos”, señaló la dirección de la UCA.
La dirección de la UCA tampoco explicó si esta medida es por el recorte presupuestario del 6% que han sufrido en los últimos tres años. “Las reducciones presupuestarias, que desde el 2018 a la fecha sobrepasan el 60 por ciento, tienen el claro objetivo de obstaculizar el trabajo que la UCA realiza en función del país y castigar su posición crítica”, denunció la UCA en diciembre pasado.
Mientras tanto, los trabajadores a los que suspendieron su contrato demanda transparencia por parte de las autoridades de la UCA.
“Con la anterior rectora, todos los años se llamaba a reunión general de todo el personal. En ella, se explicaba cuánto había correspondido a la UCA del presupuesto asignado al CNU, desde que este cura (el padre José Idiáquez) asumió rectoría, nada se sabe de los manejos del dinero ni cuánto corresponde anualmente a la UCA”, mencionan los denunciantes.
La Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior (Ley 89) establece que del Presupuesto General de la República se destina el 6%, que es distribuido entre las universidades a través del Consejo Nacional de Universidades (CNU).
“Lo cierto es que, si transparentaran las cifras y datos económicos sería entendible cualquier medida que tomarán (…) No obstante, su hermetismo hace sospechar y deja todos intranquilos sobre las verdaderas razones de lo que hacen con el personal”, puntualizan.